Cabildo Insular de Gran Canaria.

Sr. Presidente D. Antonio Morales Méndez.

 

ASUNTO: Derrumbe de parte del poblado de pescadores de El Confital – “Las

cuevas de Los Canarios” en Las Palmas de Gran Canaria.

 

. D. _________________________________________, con DI: _______________, con Domicilio postal para los efectos en la Calle _________________________________ de _______________________, C.P.: ______________.

 

Ante el derrumbe de una parte significativa del poblado pesquero de El Confital, en concreto de la que era una de las cuevas habitación más grande de las que actualmente configuraba dicho poblado arqueológico, y cuyos fondos se ven en la foto adjunta, al igual que restos del suelo y la pared caída.

Nos ponemos en contacto con ese Cabildo y con Usted, como Presidente y Coordinador de todas las áreas de actuación de ese Cabildo, ya que la actuación para recuperar el bien arqueológico dañado, y su protección eficiente, requiere de la actuación de varios departamentos de esa Institución, además del departamento de arqueología, como responsable de la arqueología en la Isla de Gran Canarias, hay cuestiones que tienen que ver con las áreas de Ordenación del Territorio y la modificación del PIO que se está tramitando, así como del área de medio ambiente.


Volvemos a recordar la falta de mantenimiento, conservación y la deficiente delimitación de un poblado vinculado a una actividad económica canaria, la pesca, que ya hace 2000 años significaba relaciones comerciales con otros estados como se refleja en la venta de jareas al Imperio Romano.


De hecho, como indicamos en nuestras Alegaciones a la Aprobación Inicial del PIO Gran Canaria, el Poblado de Pescadores de El Confital – Las Cuevas de Los Canarios – está claramente vinculado a los secaderos de pescado que siguen existiendo en Punta Salinas y que siguen sin ser reconocidos como tal, por su valor arqueológico y/o etnográfico. Sin que siquiera se conozcan estudios oficiales sobre los mismos.

 

Igualmente sucede con la zona de influencia del propio poblado, que como demuestran las piedras que llegaron hasta el dominio público marítimo terrestre de El Confital, la zona de influencia, y por lo tanto el suelo rústico de protección cultural, llega a superponerse con ese dominio público. Cuestión que tampoco está delimitada ni por el Área de Arqueología, ni por el Área de Ordenación Territorial, ya que en el PIO en tramitación sigue sin incluirse dicha zona como espacio rústico de Protección Cultural.

 

No sólo no se ha delimitado correctamente los diferentes elementos arqueológicos;

 

1.      El poblado mismo, incluyendo su zona de basurero en la ladera y el refugio que apareció en la base de la montaña, así como la zona de influencia como indicamos anteriormente y se ve en la segunda foto que adjuntamos con varias piedras en dominio público marítimo terrestre;

2.      Los secaderos de pescado, que exponemos en las mencionadas Alegaciones al PIO Gran Canaria;

3.       los Hornos de Cal y las Sitas funerarias, que también exponemos en dichas Alegaciones, y en el resto de documentos de ordenación de la zona, sino que el poblado ha sufrido la falta de conservación de sus estructuras, y la agresión con la eliminación de los knr – kanari – tunos rojos típicos del norte de Africa, y que a falta de una conservación, con sus raíces eran la única sujeción con la que contaba la montaña y sus estructuras.

 

Tampoco se ha desarrollado una eficiente protección de elementos naturales que cuentan con informes que recomiendan su protección, como es la estructura de confite sedimentada (destruida en parte por una avenida que carece de todos los títulos habilitantes y cuyo tipo de obra ya ha sido declarada ilegal por la Audiencia Nacional), o la acumulación de arena – duna.

 

Queremos aprovechar para recordar que algunos especialistas en temas arqueológicos, tienen bien estudiado el poblado, antes de producirse el derrumbe de una pieza tan importante del mismo, y que en algún caso ese estudio se ha realizado desde la perspectiva de la rehabilitación.

 

Por todo ello nos ponemos en contacto con esa Institución para que:

 

1.      Se nos de por personados en todos los expedientes que desde ese Cabildo Insular de Gran Canaria estén abiertos, o se abran, para actuaciones en El Confital Y Punta Salinas, como los necesarios para afrontar el derrumbe producido.

 

2.      Procedan a delimitar correctamente el yacimiento arqueológico concreto del poblado, marcando el límite del mismo al borde de la nueva carretera de tierra, porque como dice la ley de patrimonio se debe

·        Proteger las estructuras en sí, lo que en este caso concreto, además del conjunto de cuevas existente, debe incluirse la estructura en la base de la montaña que parece ser un refugio pesquero, u otra cosa que estaba enterrada en la arena, por lo que es una estructura de carácter arqueológico.

·        Proteger los basureros del poblado, que ocupan toda la ladera de la montaña, por estar bajo las cuevas habilitadas y alrededor del refugio.

·        Y marcar la zona de influencia, que como prueba este desprendimiento, llegan hasta el dominio público marítimo terrestre.

 

3.      Se cataloguen todas las piedras desprendidas de la montaña, las de este desprendimiento, y las que por su configuración, eran parte de la montaña y del poblado aunque su desprendimiento se hubiera producido hace varios siglos.

 

4.      Se proceda a la sujeción y conservación de la ladera para que no se produzcan más desprendimientos.

 

5.      Se restaure la cueva – habitación caída, aprovechando las nuevas técnicas de reconstrucción y los conocimientos previos de técnicos canarios sobre el poblado de pescadores, “Las Cuevas de Los Canarios” en El Confital.

 

6.      Se proceda a modificar la propuesta del PIO Gran Canaria para que en su aprobación definitiva se arreglen todos los defectos que para la zona describimos en nuestras Alegaciones.

Firmado